Resumen: Se anula un auto del TSJ de Galicia avalándose el denominado "pasaporte covid", es decir, la exigencia de este documento a los ciudadanos que quieran acceder a interior de los locales de hostelería y de ocio nocturno en la comunidad gallega, considerando que esa exigencia es idónea, necesaria y proporcionada. La sala afirma que el beneficio que proporciona la medida, respecto de la reducción significativa de los contagios, es muy superior al sacrificio que comporta la exigencia de presentar la documentación para el acceso al local. En definitiva, no se atisba ninguna medida que resulte más adecuada para salvaguardar la vida y la salud de los ciudadanos, en ese tipo de locales. No obstante, la exigencia de exhibir el "pasaporte covid" debe someterse a autorización o ratificación judicial, ya que puede afectar de forma tenue a los derechos fundamentales a la igualdad, a la intimidad y a la protección de datos de la persona. Así, considera que la limitación resulta precisa para permitir su pacífica coexistencia con los demás derechos fundamentales y con los bienes constitucionalmente protegidos que se traducen. En este caso, en una potente presencia del derecho a la vida y a la integridad física, y a la defensa y protección de la salud de los ciudadanos. La sentencia viene acompañada de un voto particular.
Resumen: PRIMERO.- El Sr. Severino solicitaba en la demanda origen de las actuaciones en curso y presentada el 17 de noviembre de 2020, que se declarase la nulidad, o supletoriamente la improcedencia, del despido que a su juicio había tenido lugar con efectos del anterior 9 de octubre, con las consecuencias legales inherentes a la declaración que definitivamente resultase.